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EXENCIÓN DE TASA MIGRATORIA A ÓMNIBUS URBANOS

EXENCIÓN DE TASA MIGRATORIA A ÓMNIBUS URBANOS

La República Argentina dispuso la exención del pago de la tasa migratoria para el tránsito de ingreso y egreso a nuestro país realizado por líneas de ómnibus urbanos de pasajeros en diversos pasos internacionales, entre los que se encuentran el de Gualeguaychú - Fray Bentos, Colón - Paysandú y Concordia - Salto.

A fin de gozar de la citada exención, el conductor deberá presentar ante la autoridad de control migratorio la documentación que acredite la autorización a circular entre las localidades fronterizas mencionadas, expedida por la autoridad competente.

Texto completo de la Disposición emitida por la Dirección Nacional de Migraciones: 
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/310000-314999/313652/norma.htm

Fecha de Publicación : 24/08/2018