VÍAS HABILITADAS
A partir del 10 de diciembre de 2021, fecha de publicación de la Decisión Administrativa 1189/21 del Jefe de Gabinete de Ministros, se abren como corredores seguros para el ingreso a la República Argentina los PASOS FRONTERIZOS:
a. Puente Internacional Gral. San Martín -Gualeguaychú (REPÚBLICA ARGENTINA) - Fray Bentos (REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY): todos los días de 8 a 20 hs.
b. Puente Internacional Gral. José Gervasio Artigas -Colón (REPÚBLICA ARGENTINA) - Paysandú (REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY): todos los días de 8 a 20 hs.
Asimismo, continúa habilitado el ingreso terrestre a través del paso Salto-Concordia de 8 a 16:00 hs.
Con esta medida quedan habilitadas todas las fronteras terrestres entre Argentina y Uruguay, además de las vías fluvial (desde Montevideo y Colonia) y aérea (desde Montevideo y Punta del Este).
Requisitos para argentinos y residentes en la Argentina:
1) Esquema de vacunación completo 14 días antes de su ingreso al país. Se entiende esquema de vacunación completo a lo definido por las autoridades sanitarias de cada país de vacunación.
2) PCR negativo realizado dentro de las 72 hs. previas al paso. Se exime de esta prueba a menores de 6 años.
3) Las personas que no tengan esquema completo de vacunación deberán realizar cuarentena y hacerse un PCR al séptimo día de su arribo al país como condición para la finalización del aislamiento. El resultado del test del séptimo día será registrado por el laboratorio en el Sistema Nacional de Vigilancia en Salud SNVS 2.0. *
* La cuarentena de aquellos/as argentinos/as y residentes en la Argentina que no tengan esquema completo de vacunación, se hará preferentemente en la jurisdicción de ingreso al país, salvo que el viajero tenga previsto trasladarse a otro lugar por un medio de transporte que no sea COLECTIVO DE PASAJEROS.
4) Los menores de edad que no hayan completado el esquema de vacunación podrán ingresar al territorio nacional y estarán eximidos de realizar cuarentena y el test PCR al séptimo día. Se recomienda que no participen de eventos masivos o similares.
Requisitos para extranjeros no residentes en la Argentina:
1) Esquema de vacunación completo 14 días antes de su ingreso al país. Se entiende esquema de vacunación completo a lo definido por las autoridades sanitarias de cada país de vacunación (EXCLUYENTE EN EL CASO DE TURISTAS)
2) PCR negativo realizado dentro de las 72 hs. previas al paso.
3) Poseer un seguro de salud COVID-19, con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios, para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos.
4) Los menores de edad que no hayan completado el esquema de vacunación podrán ingresar al territorio nacional y estarán eximidos de realizar cuarentena y el test PCR al séptimo día. Se recomienda que no participen de eventos masivos o similares.
Requisitos para argentinos y residentes en localidades fronterizas
1) PCR en origen dentro de las 72 hs. previas al viaje o test de antígeno dentro de las 24 hs. de ingreso.
2) Esquema completo de vacunación, cumplido antes de 14 días del viaje.
3) Acreditación ante la autoridad migratoria del domiclio a una distancia no mayor a 50 km del Corredor Seguro Terrestre.
4) Extranjeros deberán presentar seguro de viaje COVID.
Otros requisitos y aclaraciones:
- Toda persona deberá completar dentro de las 48 horas previas al ingreso una Declaración Jurada Electrónica, disponible en https://ddjj.migraciones.gob.ar/app/home.php, en donde deberá subir el resultado del PCR e informar los datos de vacunas recibidas.
- Para acreditar esquema de vacunación completo (con al menos 14 días previos al ingreso) se puede descargar el comprobante de vacunación desde el aplicativo "Mi Argentina". Quienes se hayan vacunado en el exterior deberán exhibir el certificado correspondiente.
- Los costos derivados del cumplimiento de los requisitos para el ingreso a la República Argentina deberán ser asumidos por la persona que ingresa al país.
- Con fecha 31/12/21 se publicó la DA 1316/21, que modifica algunos de los requisitos sanitarios para el ingreso al país. Se recomienda su atenta lectura (se adjunta enlace en esta página), especialmente en su Art. 4°, que dipone obligatoriedad de testeo entre el 3° y 5° día de ingreso al país, para ingresantes vacundados. Y establece obligatoriedad de abstenerse de concurrir a eventos masivos y/o reuniones sociales en espacios cerrados durante ese plazo.
Enlaces de consulta:
DA 1316/21 https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/255542/20211231 (nueva)
DA 1189/21 https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/254171/20211210 (apertura pasos Gualeguaychú - Fray Bentos y Colón - Paysandú)
DA 1064/21 https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/252143/20211102
DA 990/21 https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/251175/20211019 (apertura paso Salto - Concordia).
DA 951/2021 http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/350000-354999/354...
Dto. 678/21 https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/250368/20211001 (particularmente Arts. 10° y 11°).
Resol. Minsal 2948 https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/252582/20211110
MUY IMPORTANTE: Dado el carácter dinámico de la situación epidemiológica en el país y en la región, sugerimos verificar la normativa vigente antes de emprender el viaje, a fin de conocer las condiciones de reingreso a la República Argentina.
Asimismo, se agradecerá tener en cuenta que el Art. 7 de la DA 1316/21 recomienda a los nacionales o extranjeros residentes en el país y, en especial, a las personas no vacunadas y a los mayores de 60 años de edad o a personas pertenecientes a los grupos en riesgo definidos por la autoridad sanitaria, DIFERIR sus viajes al exterior, cuando los mismos no respondieran al desarrollo de actividades esenciales.
Actualizado: 31/12/2021